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De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, que se está desarrollando desde la Concejalía de Participación Ciudadana junto con la Agencia de Desarrollo Local, con el fin de que los vecinos y vecinas de Tibi puedan formar parte más activa en la vida política de la localidad, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

¿Considera conveniente la elaboración de un Reglamento para regular una mayor participación de los ciudadanos en las iniciativas y decisiones públicas del gobierno municipal?

Este Reglamento se fundamenta en dos aspectos:

  • El establecimiento de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas.
  • La interacción de la ciudadanía con el Gobierno municipal a través de las siguientes acciones:
    1. Propuestas e Iniciativas y Consultas populares. Audiencia pública y Foro ciudadano.
    2. Elaboración de normas. Presupuestos participativos.
    3. Constitución de Órganos municipales de Participación: Consejo Social, Asociaciones, Voluntariado, Defensor del ciudadano

 

¿Considera adecuada la propuesta o debería incluirse algún otro aspecto?

Puede consultar el proyecto de Reglamento de participación ciudadana:
REGLAMENTO PARTICIPACIÓN

En Tibi, a la fecha de la firma electrónica.
El Alcalde,
José Luis Candela Galiano