Inicio de las Fiestas de Tibi: Tradición, Emoción y Alegría
El Ayuntamiento de Tibi se complace en anunciar el comienzo de las esperadas fiestas en nuestra querida localidad alicantina. Un año más, nos preparamos para celebrar una tradición arraigada, en la que se unen la emoción, la alegría y el sentido de comunidad.
El pistoletazo de salida de estas festividades tuvo lugar el 1 de Julio, con una ceremonia especial. El pregonero encargado de inaugurar las fiestas fue el reconocido Catedrático de Literatura de la Universidad de Alicante, Carlés Cortés Orts, quien dejó su huella en el libro de honor del Ayuntamiento.
Durante el evento de apertura, el Alcalde Jose Candela tuvo el honor de entregar el bastón del municipio, simbolizando el liderazgo y la responsabilidad que recae sobre nuestros hombros como comunidad. Este gesto representa el compromiso del Ayuntamiento y de todos los tiberos en la organización de unas fiestas inolvidables.
Como es costumbre, la comitiva, engalanada, se dirigió a recoger a las Damas y Reina del año 2022, así como a las Damas y Reina del año 2023, quienes serán acompañadas con orgullo y alegría hasta la Era del Teular. En este emblemático lugar se llevó a cabo la solemne ceremonia de coronación de las reinas y damas del presente año.
El discurso del Alcalde D Jose Luis Candela tuvo una mención especial para aquellos tiberos y tiberas que no nos han podido acompañar en estas fiestas tan emblemáticas.
Las fiestas de Tibi son un momento de encuentro, en el que la historia y las tradiciones se fusionan con la alegría y la diversión. Durante estos días, los vecinos y visitantes pueden disfrutar de una amplia variedad de eventos culturales, música en vivo, espectáculos tradicionales, fuegos artificiales y mucho más.
Reina de Fiestas de Tibi y Damas 2023
Reina de Festes. Andrea Giner Carbonell
1ra Dama d’Honor. Gilliam Verdú Flores
2na Dama d’Honor. Noelia Bernabéu Bernabéu
3ra Dama d’Honor. Bianca Lemke Miró
Puedes escuchar la intervención íntegra de nuestro alcalde Jose Luis Candela y el pregón de Carlés Cortés Orts
Esta semana se han iniciado las obras del Plan de Obras y Servicios que consisten en la red en alta desde el pozo del Llosar hasta el camí de les casetes en Terol.
Subvención solicitada en 2018 con un importe de 600.000€ para llevar agua desde el depósito de Les Redones hasta la Urbanización Finca Terol, y que se ejecuta en 2023, por lo que tras la guerra de Ucrania y el aumento de los costes se ha tenido que hacer una modificación por lo que se va a llevar a cabo la conducción de agua desde el pozo del Llosar hasta les Casetes. En próximas subvenciones el ayuntamiento pedirá la finalización de las obras.
INSTRUCCIONS PER AL PAGAMENT
El pagament es fara mitjançant la pàgina d’autoliquidacions de Suma. Cal seguir les següents instruccions:
– a. Entrar a www.tibi.es
– b. Suma. Autoliquidaciones de Gestión Municipal
– c. Organisme: TIBI. Concepte: Recursos Organización de Cursos
– d. Número de horas: de 4 a 10 horas.
IMPORTANT: El full d’inscripció s’ha d’entregar a l’ajuntament.
Hablar del Día Mundial del Medio Ambiente, es necesariamente hablar de Tibi, sin duda, el municipio de Tibi es un ejemplo destacado en términos de compromiso con la defensa del medio ambiente, su preservación y sostenibilidad. Situado a pocos minutos de Alicante, Tibi se erige como un pulmón verde en la comarca de l’Alcoià, dentro de la demarcación forestal de Alcoy.
Con un 74% de su territorio conformado por terrenos forestales, nos encontramos frente a una infraestructura verde, un conjunto integrado y continuo de espacios libres de edificación, con un valor medioambiental, cultural, visual y recreativo, interconectados entre sí. Este entorno posee una gran riqueza, ya sea por sus características ambientales, culturales, sociales o visuales, que es fundamental proteger, mantener y preservar.
Podemos denominar Tibi como pulmón verde, y poner de manifiesto varios espacios que resaltan su patrimonio natural:
Espacios Naturales Protegidos: En este sentido, destacan el LIC (Lugar de Importancia Comunitaria) y ZEPA (Zona de Especial Protección para las Aves) “Maigmó y Serres de la Foia de Castalla” y la ZEPA “Riu Montnegre”. También se encuentran las Microrreservas “Coll de la Xau” y “Alt de les Xemeneies”, así como el Paisaje Protegido “Serra del Maigmó y Serra del Sit”.
Montes catalogados como AL 016: Estos montes poseen un alto valor y están reconocidos por su importancia ambiental.
Espacios de interés paisajístico: Se incluyen los corredores territoriales biológicos de la Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana, como el “Corredor fluvial del Monnegre-embalse de Tibi” y el “Corredor terrestre Maigmó-Carrasqueta-Serrella-Puig Campana”.
Recursos paisajísticos de interés: Aquí se engloban elementos y estructuras de comunicación, como la carretera A-7, CV-8151, CV-798, CV-805, CV-827, así como los recorridos escénicos (PR-CV142, PR-CV31, PR-CV212 y PR-CV85) y las vías pecuarias del municipio (Colada de Casa Seca, Vereda del Llosar, Colada de Llometa y Vereda de Ronesa y Senda de la Vaca).
Zona húmeda del Embalse de Tibi: Junto con su red hidrográfica asociada, como el Riu Verd y Riu Monnegre, este espacio desempeña un papel fundamental en la articulación del sistema de asentamientos y en la conexión de los ecosistemas circundantes.
Recursos culturales: Se destacan los BIC (Bien de Interés Cultural) como el Castillo de Tibi y el Pantano de Tibi, los BRL (Bien de Relevancia Local) como la Ermita de Santa María Magdalena y la Iglesia de Santa María Magdalena, y los Bienes etnológicos como el Pou de Briga y el Pou Maigmó.
Cuencas visuales: Se consideran las zonas que se pueden contemplar desde puntos de observación como el Maigmó (1.296 m), Penya Roja o Penya Mitjorn, y el Balcón de Alicante de la Sierra de Maigmó.
Zonas recreativas: Destacan el Balcón de Alicante, al que se accede por la CV-815, y el Aula de la Naturaleza de La Melonera.
En cuanto a los recursos paisajísticos, se pueden clasificar en diferentes categorías:
Recursos paisajísticos culturales: Estos elementos tienen un valor cultural y patrimonial, así como una importancia reconocida por la sociedad local en su evolución histórica. Ejemplos de ello son el Castillo de Tibi, el Embalse de Tibi, la Ermita de Santa María Magdalena, la Iglesia Parroquial de Santa María Magdalena, el Pou de Briga y el Pou de Maigmó.
Recursos paisajísticos naturales protegidos: Son áreas o elementos que poseen algún grado de protección, ya sea declarado o en proceso de tramitación, a nivel local, regional, nacional o supranacional. Entre ellos se encuentran la Zona húmeda y zona de influencia del Embalse de Tibi, los espacios de la Red Natura 2000 “Maigmó y Serres de la Foia de Castalla” y “Riu Monnegre”, las microrreservas “Coll de la Xau” y “Alt de les Xemeneies”, el Monte catalogado AL016 y el Paisaje Protegido “Serra del Maigmó y Serra del Sit”.
Recursos paisajísticos visuales: Estos son áreas y elementos visualmente sensibles, cuya alteración o modificación puede afectar negativamente la calidad de la percepción visual del paisaje. Se incluyen crestas agrestes de la Sierra de Maigmó, miradores como el Balcó de Alacant, y recorridos paisajísticos como los senderos PR-CV142, PR-CV31, PR-CV212, PR-CV85 y las vías pecuarias.
Con todos estos elementos, el municipio de Tibi se destaca como un referente en la defensa del medio ambiente y la conservación de su entorno natural. Este manifiesto busca poner de relieve la importancia de preservar y proteger este valioso patrimonio natural y cultural, fomentando la conciencia ambiental y promoviendo acciones sostenibles para asegurar un futuro próspero y equilibrado para Tibi y sus habitantes, así como para toda la provincia de Alicante.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Alicante vuelve a dar la razón al Ayuntamiento de Tibi en los dos últimos Autos, señalando:
En el Auto de 22 de abril de 2022 (I) “se declararon CONFORMES AL FALLO DE LA SENTENCIA las actuaciones llevadas a cabo por el Excmo. Ayuntamiento de Tibi para la correcta ejecución al fallo………………………….desestimando todas las alegaciones que habían sido realizadas por la parte ejecutante”.
En el Auto de 5 de enero de 2023 (II), a pesar de que se dice que el Ayuntamiento debe prestar los mismos servicios que se prestan en el centro urbano de Tibi y en igualdad de condiciones, dice el Auto “ en ningún momento se dice que ello tenga que ser de manera gratuita para la Comunidad de Propietarios recurrente………………….También en aquel Auto (2 de septiembre de 2020)se señaló que la ejecución debía llevarse de la forma más adecuada, correspondiendo esta decisión a la Administración. Y siempre que ello se haga dentro de la legalidad, son perfectas todas las opciones posibles que elija la Administración”
En el último Auto de 11 de enero de 2023 (III) dice el Juez:
“la parte ejecutante (Comunidad Pinares del Meclí) ha presentado ………………..toda una batería de escritos que ralentizan y en nada contribuyen a la correcta ejecución de la Sentencia”
Ante la suspensión de suministro de energía eléctrica por impago, se dice en el Auto: “estamos ante una cuestión que nada tiene que ver con la fase de ejecución de sentencia que nos ocupa. La carta de aviso de suspensión del suministro por impago está remitida por una mercantil privada comercializadora de electricidad sin relación alguna con el Ayuntamiento de Tibi.
Con respecto a viales y zonas verdes, dice el AUTO (III): “Constata el Ayuntamiento también que no se ha producido la entrega de viales y de zonas verdes por parte de la Comunidad de Propietarios, correspondiendo a la misma acreditar con carácter previo a disponer de los suelos libres de cargas con destino público, la titularidad de los mismos”.
El Juez señala que llevar a cabo la ejecución de la Sentencia de la manera más adecuada supone “apoderar a la Administración para que, siempre dentro de la legalidad, disponga de una discrecionalidad suficiente para llevar a cabo la asunción de todos los elementos de la urbanización como parte integrante del municipio. Ello supone la posibilidad de optar por varias soluciones, todas ellas igualmente justas, sin que exista una única solución que deba ser impuesta de manera unilateral por este Juzgado”
En cuanto a la recepción total solicitada por la Comunidad de Propietarios, se dice en el AUTO (III): “Debemos señalar, en primer lugar, que no es posible atender a la solicitud de recepción urgente inmediata de TODA la urbanización realizada por la parte ejecutante. Ya la propia sentencia establece una recepción por fases, comenzando por el servicio que se consideraba más imprescindible, el del suministro de agua potable”
El Juez pone de manifiesto que “La actitud de la Comunidad de propietarios no está siendo, quizá, la más colaborativa. Es más, la Comunidad de propietarios rechaza la recepción de la urbanización por fases y ha pasado a exigir la recepción directa de toda la urbanización, en forma claramente contraria a lo que dispone la sentencia”.
El Ayuntamiento recibe todo el apoyo por parte del Juzgado cuando declara que: “Por este Juzgado se asumen todos y cada uno de los argumentos dados por el Ayuntamiento de Tibi, debiendo resolver en el sentido solicitado por el mismo. Lo anterior supone que este Juzgado debe asumir e imponer a la parte ejecutante (Comunidad de propietarios) las obligaciones necesarias para que la sentencia pueda ser ejecutada”.
“ACUERDO del AUTO (III) de 11 de enero de 2023”:
1º) “DECLARAR que el servicio de alumbrado público debe ser uno de los servicios que el Ayuntamiento de Tibi debe asumir, si bien deberá hacerlo libre de cargas y una vez abonadas todas las facturas pendientes que la Comunidad de propietarios tenga con el suministrador eléctrico”.
2º) “OBLIGAR a cada uno de los vecinos que conforman la Comunidad de Propietarios ejecutante para que procedan a suscribir contrato particular de suministro de agua potable”.
3º) “REQUERIR a la Comunidad de propietarios ejecutante para que manifieste y justifique si registralmente es titular en propiedad y libre de cargas de los suelos que deben ser cedidos y recibidos por el Ayuntamiento para pasar a formar parte del dominio público municipal (en concreto, el terreno donde se ubica el depósito de agua, los viales de la urbanización y las zonas verdes)”
4º) “DECLARAR conformes a Derecho el resto de actuaciones desplegadas por el Excmo. Ayuntamiento de Tibi para dar cumplimiento a la sentencia dictada por este Juzgado”.
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