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La situación actual de riesgo de incendios forestales se ve agravada por la circunstancia meteorológica de aumento considerable de las temperaturas en los próximos días. Esta situación lleva consigo un mayor aumento de la posibilidad de inicio de un incendio forestal al estar la vegetación con menor contenido de humedad y, por tanto, más inflamable.
Por tal motivo se emite este boletín especial con el siguiente contenido:
RECORDATORIO:
Además de la legislación vigente en materia forestal, concretamente y relacionado con prevención de incendios forestales, es necesario resaltar lo siguiente:

  1. En relación con el uso del fuego para labores agrícolas se recuerda la prohibición del uso del fuego para labores agrícolas y otras actividades de control de la vegetación en terrenos forestales y en la franja de 500 metros alrededor de los mismos. Para aquellos municipios que en su plan local de quemas aprobado por la administración competente se contemple la posibilidad de en circunstancias especiales poder hacer uso del fuego en labores agrícolas, se recuerda que dicha autorización está condicionada a que el nivel de preemergencia diario sea 1, es decir, en los casos de que dicho nivel sea 2 ó 3 NO se pueden dar permisos ni quemar y que, en todo caso, la quema debe quedar completamente apagada a las 13:30, si el plan local de quemas no contempla un horario más restrictivo. (RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2018, de la directora general de Prevención de Incendios Forestales, sobre modificación del período de quema)
  2. En relación con posibles trabajos con riesgo de incendios a realizar en terreno forestal o a menos de 500 metros de éste, es de obligado cumplimiento el Decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consell de la Generalitat, por el que aprueba el pliego general de normas de
    seguridad en prevención de incendios forestales a observar en la ejecución de obras y trabajos que se realicen en terreno forestal o en sus inmediaciones.
  3. En relación con el uso de fuegos artificiales, es de obligado cumplimento el Decreto 148/2018, de 14 de septiembre, del Consell, por el que se modifica el Decreto 98/1995, de 16 de mayo, del Gobierno Valenciano, y por el que se aprueban las normas de seguridad en
    prevención de incendios forestales a observar en el uso festivo-recreativo del fuego en suelo forestal, colindante o con una proximidad inferior a 500 metros de terreno forestal.

RECOMENDACIONES
Viendo lo anteriormente indicado se recomiendan las siguientes actuaciones.
 Avisar a la población del aumento del riesgo de incendios forestales mediante carteles o bandos.
 Dar la correspondiente instrucción a la policía local de la normativa vigente en materia de prevención de incendios forestales con el fin de recordarla y que la puedan transmitir a la población.
 En caso de que el municipio disponga de zonas para cocinar en terreno forestal y la gestión de la misma sea municipal, adoptar las medidas para que sean clausurados en alerta 3 y que, en la medida de lo posible, no se utilicen cuando el nivel de preemergencia sea 2 (alerta 2).
 Comunicar a los vecinos que en caso de detectar un incendio forestal llamen inmediatamente al teléfono 112.
 En caso de que en el municipio existan balsas de riego o piscinas de titularidad pública o privada se recomiende que las mismas permanezcan llenas de agua por si fuese necesario utilizarlas en caso de incendio forestal.
 Realizar un llamamiento a los propietarios con viviendas situadas en la interfaz urbanoforestal para que eviten abandonar restos de barbacoas calientes sobre suelo forestal, así como aplicar las obligaciones/recomendaciones que sobre este tipo de vivienda existen en la
actualidad.
 Si la zona donde se ubica el municipio es cerealista, recordar a los propietarios de las fincas que extremen la precaución a la hora de realizar la cosecha y la conveniencia de contar con medios para sofocar un fuego incipiente (extintor, depósito de agua, etc.).
 Todas estas recomendaciones se están realizando igualmente por parte de la Generalitat Valenciana en sus campañas de conciliación y prevención de incendios (con materiales disponibles en la web de la conselleria), no obstante consideramos que siempre llega más directamente a los ciudadanos cuando es su municipio el que le transmite y advierte de las
circunstancias especiales, como es el caso.
Agradecemos de antemano su colaboración.

La información del nivel de preemergencia ante el riesgo de incendios forestales está disponible en www.112cv.com y se actualiza diariamente alrededor de las 17 h.
En caso de detectar un incendio en su municipio, deberá transmitir la información al Centro de Coordinación de Emergencias a través del Teléfono de Emergencias 112.